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Los informantes que obtienen una resolución favorable son bien recompensados por sus esfuerzos. Ver, Casos recientes y Casos importantes. Ley Federal de Reclamación Fraudulenta: Si el informante obtiene una resolución favorable por sus propios medios, el monto de la recompensa será de un veinticinco a un treinta por ciento (25%-30%) del monto total recuperado del demandado. En cambio, si el Gobierno decide demandar por sí mismo (esto se denomina "intervención"), la recompensa para el informante será de un quince a un veinticinco por ciento (15% al 25%), dependiendo del aporte que brinde el informante para interponer la acción judicial. El informante también puede recuperar honorarios y costos razonables. En algunos casos, además, se puede pagar un monto adicional a los empleados informantes. Ver, ¿Los informantes corren el riesgo de ser despedidos? Sin embargo, si se determina que el informante estuvo implicado en el delito, el tribunal puede reducir el porcentaje de la recompensa a su criterio, dependiendo de las circunstancias. Un tribunal rechazará cualquier participación en la recompensa si se condena al informante por un hecho delictivo que surja del delito alegado en la demanda. Ley de Reclamación Fraudulenta del Estado de La Florida Si el informante obtiene una resolución favorable por sus propios medios, el monto de la recompensa será de un veinticinco a un treinta por ciento (25% al 30%) del monto total que se recupere. En cambio, si La Florida decide demandar por sí mismo (esto se denomina "intervención"), la recompensa para el informante será de un quince a un veinticinco por ciento (15% al 25%), dependiendo del aporte que brinde el informante para interponer la acción judicial. El informante también puede recuperar honorarios y costos razonables. Además, se puede pagar un monto adicional a los empleados informantes. Volver arriba La valiente acción de un informante protege a las comunidades de contratistas corruptos del gobierno, dando como resultado una mejor asistencia médica, más dinero destinado a becas para estudiantes, más dinero disponible para investigadores honestos, mejores carreteras, puentes más seguros, una mejor seguridad nacional y local y una mejora en todos los demás beneficios otorgados por el Gobierno Federal y el Estado de La Florida. Una sola demanda por reclamación fraudulenta causa un efecto disuasivo que reduce el número de fraudes al gobierno. Un "efecto disuasivo" implica que los contratistas serán menos propensos a cometer un fraude dado que saben que cada empleado los está vigilando. Estos efectos disuasivos son particularmente efectivos contra los fraudes administrativos ya que no se cometen sin premeditación. Es decir, los contratistas corruptos ponen en la balanza los beneficios de sus fraudes y el riesgo que corren de ser descubiertos. Un solo caso de fraude provoca una reacción que se extiende a través de varias comunidades. En lugar de gastar el dinero en contratistas corruptos, se puede utilizar ese dinero para repavimentar una ruta resbaladiza, para realizar una operación de vida o muerte, para dar de comer a una persona con hambre...y quizás, hasta para bajar los impuestos que usted paga. Volver arriba Usted no se vuelve ni puede hacerse rico en poco tiempo. Estos casos demoran bastante. Ver ¿Cuánto tiempo lleva? Volver arriba Es demasiado tarde. Usted debe ser la "fuente original de la información". Es decir, usted debe poseer "conocimiento directo e independiente de la información sobre la que se basen los alegatos". Por lo tanto, si su conocimiento acerca de un fraude se basa en un artículo periodístico, usted no es la "fuente original" de la información. En el caso de que usted crea que es una "fuente original", pero no está seguro, consulte a un abogado calificado. Ver, ¿Qué significa la condición "Primero en denunciar"? Volver arriba Ley Federal de Reclamación Fraudulenta: Una persona que inicia una acción judicial sin fundamentos puede ser considerada responsable de los honorarios y costas judiciales del demandado. Lo mismo sucede con la mayoría de los litigios civiles a nivel federal. Como abogados responsables, nunca hemos representado a una persona que quiera entablar una demanda sin fundamentos y es por esto que a ninguno de nuestros clientes nunca se les ha solicitado siquiera que paguen los honorarios y costas judiciales del demandado. Ley de Reclamación Fraudulenta del Estado de La Florida: La parte que obtuvo una resolución favorable (el ganador) puede solicitar el reembolso de los honorarios y costas razonables. Nosotros estudiamos los casos y luego les informamos a nuestros clientes acerca de los riesgos específicos que tendrán que enfrentar antes de presentar una acción judicial conforme a la Ley de Reclamación Fraudulenta del Estado de La Florida. Esta es la razón por la cual a nuestros clientes nunca se les ha solicitado que paguen los honorarios y costas de los demandados. Volver arriba Sí. Sin embargo, en la mayoría de los casos, si usted es despedido por ejercer sus derechos conforme a las leyes federales o estatales, puede demandar por represalia y solicitar al tribunal que usted sea recompensado por los salarios perdidos, sanciones adicionales, honorarios y costas judiciales. La Ley Federal de Reclamación Fraudulenta prohíbe que un empleador amenace o tome represalia en contra de un empleado que intente revelar o denunciar un fraude contra el gobierno federal. En caso de que el empleado (o ex-empleado) sufra represalias, puede recibir "toda la ayuda necesaria para recibir su compensación". Esta ayuda incluye reincorporación, salarios atrasados, el doble del monto de los salarios adeudados, los gastos de litigio y los honorarios razonables del abogado. La Ley de Reclamación Fraudulenta de La Florida brinda una protección similar. Además, muchos estados poseen leyes contra el despido injustificado u otras leyes laborales que brindan soluciones en caso de tal represalia. Usted puede consultar a un abogado que viva en su estado para obtener más información acerca de dichas leyes estatales. Volver arriba Básicamente no. El Gobierno sabrá su identidad y es probable que su nombre se revele al demandado en algún momento. Durante el período inicial de confidencialidad, el demandado no debería tener conocimiento de que usted presentó una acción judicial. En la práctica, sin embargo, los demandados a veces descubren quién presentó la acción durante el período de confidencialidad. Una vez terminado el período de confidencialidad, se notifica al demandado acerca de la acción judicial y se le revela su identidad al demandante. No obstante, existen circunstancias en las que usted podrá conservar algún grado de confidencialidad. Es posible que se resuelva una causa mientras ésta aún se encuentre bajo dicho período de confidencialidad o incluso que se presente una causa y luego se desestime durante el período de confidencialidad sin que su identidad se dé a conocer al demandado. Volver arriba
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